Zona privada

Vías de Reclamación

Los ciudadanos y usuarios que deseen realizar cualquier consulta o reclamación sobre una actuación profesional del Procurador podrán dirigirse al Colegio a través de correo electrónico  o presencialmente en su Sede o Delegaciones

Se informa que al Ilustre Colegio de Procuradores le compete exclusivamente la responsabilidad disciplinaria en la actuación profesional de los Procuradores, en ningún caso es competente para determinar una posible Responsabilidad Civil.

Los Ciudadanos y Usuarios que deseen iniciar cualquier reclamación tiene a su disposición varias Vías:

  • ADMINISTRATIVA dónde el Usuario materializa su reclamación o queja mediante escrito confeccionado por él mismo o modelo normalizado, dirigido al órgano administrativo competente en la materia objeto de reclamación.
  • EXTRAJUDICIAL vía más rápida y cómoda, en la que nos ponemos en contacto con la persona o institución que deba hacerse cargo del pago de la posible indemnización intentado mediante una negociación llegar a una solución equitativa y razonable.
  • JUDICIAL implica el fracaso de la vía amistosa o extrajudicial, por la que acudimos al auxilio de los Tribunales de Justicia por denuncia o demanda, siendo la solución más costosa.
  • OTRAS VÍAS quedarían las reclamaciones que el Ciudadano podría instar por la infracción de cualquier norma administrativa por parte del prestador del servicio bien ante los Organismos de Protección del Consumidor, bien ante el Colegio Profesional tratándose de la categoría de actividades profesionales reguladas.

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